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Solicitud de Mural Público "Paint Pasco"

¿Qué es un mural?

“Mural o obra de arte” significa que un mural o una obra de arte pintado en la pared de un edificio no tiene ningún mensaje comercial, nombre u otro anuncio incorporado.

Los murales no se consideran signos y por lo tanto son NOsujeto a los estándares del Título 17 de PMC. El color de la superficie exterior por sí solo no se considera un mural ni una obra de arte.

Ordenanza Mural.jpg

Propósito y Intención

​El propósito y la intención del Proyecto del Mural Público Paint Pasco es:

  1. Proporcionar oportunidades para murales en Pasco.

  2. Asegúrese de que los murales públicos no sean obscenos.

  3. Asegúrese de que los murales sean obras de arte y se distingan de carteles y mensajes comerciales.

  4. Fomentar la colaboración en la comunidad y con la Comisión de Artes de la Ciudad en materia de murales.

  5. Brindar oportunidad para que la Comisión de Artes de la Ciudad revise los murales propuestos.

  6. Garantizar que el programa de murales sea constitucional y proteja los derechos de la Primera Enmienda.

Diseño e intención cultural

  1. Comunicar la rica historia, cultura, medio ambiente y gente de Pasco.

  2. Contribuir a una ciudad de Pasco vibrante y bien diseñada.

  3. Elevar a los artistas profesionales ampliando las oportunidades de arte público de alta calidad.

  4. Animar y enriquecer el ámbito público en Pasco tal como lo experimenta la gente.

Contactos

Especialista en recursos comunitarios

Gina Vásquez

vasquezg@pasco-wa.gov

Artes y amp; Comisión de Cultura:

Angela Pashon - Subgerente de la ciudad

(509)545-3404

pashona@pasco-wa.gov

 

Permisos:

(509)543-5726

 permittech@pasco-wa.gov

Requisitos y proceso

Revisión de la Comisión de Artes

Todos los murales deben ser revisados por la Comisión de Artes en una reunión pública para verificar que el mural no se considere un letrero y, por lo tanto, esté regulado por el Título 17 de PMC y no sea considerado obsceno por una persona razonable. Se anima a todos los solicitantes a utilizar la Comisión de Artes como recurso en la planificación, diseño e implementación de murales, pero aparte de verificar que los murales no sean señales ni obscenos, el contenido de los murales no está regulado por el Código Municipal de la Ciudad de Pasco.

Requisitos de presentación requeridos

  • A. Aplicación mural completa.

  • B. Plano del mural con dimensiones a escala.

  • C.Foto y descripción de la ubicación propuesta para el mural.

  • D.Gráficos que representan el diseño mural propuesto incluyendo dimensiones, colores, texto y otros elementos gráficos.

Requisitos de presentación voluntaria

  • MI.Descripción del tema del mural y relevancia para Pasco.

  • F.Declaración sobre cómo el mural propuesto es consistente con los principios de diseño y criterios de revisión.

  • GRAMO. El nombre y calificaciones del artista profesional seleccionado para el proyecto mural. Se fomentan las tutorías entre artistas profesionales y artistas jóvenes o en desarrollo.

    • a.Portafolio de artistas que demuestre experiencia profesional y calificaciones para murales de arte público.

    • b.Imágenes y fotografías de murales terminados.

  • h. Plan de mantenimiento del mural.

  • I.Cronograma y fases de implementación

Proceso de notificación y revisión pública

  • A.Todas las solicitudes de murales serán revisadas por la Comisión de Artes de la Ciudad de Pasco en una reunión pública.

  • B.Se recomienda a los solicitantes, pero no se les exige, que notifiquen a los propietarios y residentes adyacentes al menos 14 días antes de la reunión de revisión con la Comisión de Artes. Se debe notificar a los propietarios y residentes dentro de un radio de 800 pies de la propiedad donde se propone el mural. Los solicitantes pueden proporcionar confirmación a la Ciudad de que se dio la notificación adecuada de acuerdo con estos requisitos.

  • C.La Comisión de Artes revisará la solicitud en una reunión pública y permitirá comentarios públicos.

  • D.La Comisión de Artes resumirá los resultados de la reunión y hará una recomendación al personal de la Ciudad sobre si el mural viola alguno de los criterios de revisión.

  • El Director de Planificación considerará los aportes de la Comisión de Artes y el público al negar cualquier solicitud de mural por ser obsceno o constituir un letrero y, por lo tanto, estar regulado por el Título 17 de PMC.

Criterios de revisión

  • A.El mural no incluye elementos que constituirían un signo y estarían sujetos al código de signos.

  • B. El mural no contiene contenido considerado obsceno por una persona promedio.

Directrices voluntarias

Se recomienda que los proyectos murales sean coherentes con estas directrices voluntarias. La Comisión de Artes puede proporcionar comentarios y recomendaciones sobre el diseño del mural propuesto. La Comisión de Artes no tiene la autoridad para aprobar o rechazar un mural basándose en las pautas voluntarias.

  • A. El mural debe contribuir con valor comunitario y artístico y debe ser diseñado y creado por o bajo la dirección de un artista público profesional. Se fomentan los programas de tutoría con artistas públicos profesionales y artistas emergentes.

  • B.El mural es visualmente interesante y expresivo de la historia, la cultura, el medio ambiente y/o la gente de la comunidad.

  • C.El mural contribuye positivamente a la experiencia en el ámbito público con énfasis en la experiencia de los peatones.

Envíe su proyecto mural
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